miércoles, abril 22, 2026
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Miembros de la Policía y Fuerzas Armadas podrán tener relaciones homosexuales sin ser sancionados

 

 

El Tribunal Constitucional dominicano emitió la sentencia TC/1225/25, en la cual declaró nulos los artículos 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional y 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, que castigaban con cárcel las relaciones entre personas del mismo sexo. 

La alta corte sostuvo que ambas normas violaban principios fundamentales como la razonabilidad, la igualdad y la dignidad humana, al discriminar por orientación sexual y afectar derechos como la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo. 

La acción que llevó al fallo fue promovida por los abogados Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, con el respaldo de organizaciones nacionales e internacionales, incluyendo Human Rights Watch.  El Tribunal concluyó que tales sanciones eran estigmatizadoras y carentes de justificación constitucional, por lo que ordenó que sean removidas del ordenamiento jurídico.  

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